En las Diligencias Preparatorias nº 12/011/13 seguidas por este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado auto cuya Parte Dispositiva dice así:
Se declara FIRME el Auto de sobreseimiento definitivo recaído en el presente procedimiento y se acuerda el ARCHIVO de lo actuado en la sede del propio Tribunal.
Edicto
La Secretaria Relator del Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla,
EDICTO
La Secretaria Relator del Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla,
En las diligencias Preparatorias n.º 11/06/12 seguidas por el Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado auto cuya Parte Dispositiva dice así:
Se declara Prescrita la pena de tres meses y un día de prisión que le fue impuesta en las presentes actuaciones al que fuera soldado Jaime Alejandro Brodie Ruiz, quedando en consecuencia extinguida a todos los efectos su responsabilidad criminal.
En virtud de lo acordado por este Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona en los autos del procedimiento Diligencias Preparatorias núm. 31/ 12/ 11, por el presente se procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Procesal Militar, artículo 166 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a requerir a D. Darío Mainar Flores (DNI. 48.520.501 T), para que en el plazo de diez días, efectúe el pago de la cantidad de dos mil ciento treinta euros (2130,00 €) en concepto de honorarios por los servicios profesionales prestados por su abogado en las Diligencias Preparatorias 32/ 5/15, tal y como consta en la minuta que consta unida en el citado procedimiento y que radica en este Tribunal Militar.
En el mismo plazo de diez días, si a su derecho conviniera podrá impugnar fundadamente los honorarios expresados por indebidos o excesivos. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera procedido al pago requerido o impugnados los honorarios, se iniciará la vía de apremio.