En los recursos contencioso-administrativos acumulados números 422, 423, 424, 425 y 433 de 1997, interpuestos por la representación procesal del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, Unión de Asociaciones de Ingenieros Técnicos Industriales de España, Instituto de Ingenieros Técnicos de España, Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos y Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 31 de enero de 2005, que contiene el siguiente fallo:
fALLAMOS
En el recurso contencioso-administrativo n.º 1/89/2003, promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, la Sala Tercera (Sección Tercera) ha dictado sentencia, en fecha 15 de febrero de 2005, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
En la cuestión de ilegalidad n.º 5/2004, planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala Contencioso-Administrativo, Sección Segunda de Zaragoza, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 22 de febrero de 2005, del siguiente tenor:
«PROVIDENCIA
En la cuestión de ilegalidad n.º 4/2004, planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 1 de marzo de 2005, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA