El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 7754-2004 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley del Parlamento de Galicia núm. 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.
Madrid, 24 de mayo de 2005.-El Secretario de Justicia.
El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 12-2005 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley del Parlamento de Galicia núm. 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.
Madrid, 24 de mayo de 2005.-El Secretario de Justicia.
El Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de marzo actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 2741-1998, planteado en relación con varios Acuerdos de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento de 19 de enero y 13 de febrero de 1998, sobre incoación de expedientes sancionadores, y Resoluciones de 28 de febrero de 1998 del Ministerio de Fomento por las que se resuelven expedientes sancionadores, declarándose extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 30 de junio de 1998.
Madrid, 30 de mayo de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de marzo actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 655-2000, planteado en relación con la Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento de 22 de julio de 1999, que autoriza la transmisión de acciones de Uniprex, S. A., propiedad de Once, S. A., a favor de Telefónica Media, S. A., declarando extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 29 de febrero de 2000.
Madrid, 30 de mayo de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3784/2001, planteado en relación con la Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias de 8 de marzo de 2001, por la que se da respuesta a la solicitud de servicios mínimos para la huelga convocada en la Empresa BAI, Promoción y Congresos, S. A. declarando extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 17 de julio de 2001.
Madrid, 30 de mayo de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional.