Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Atolón Solar, SLU, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Atolón Solar, de 62,50 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Cádiz y Málaga.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General de Política Energética y Minas en base a los siguientes

I. Hechos

Corrección de errores del anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero. O.A. relativo al trámite de Información Pública del «Anteproyecto de Regulación Adicional de la Cuenca del Carrión (embalses de las Cuezas) y su Estudio de Impacto Ambiental (Palencia, León)».

Advertidos de la imposibilidad de acceder a la totalidad de la documentación necesaria a través del enlace de la página web de la Confederación Hidrográfica del Duero durante los primeros diez días del periodo establecido en dicho anuncio para presentar alegaciones y una vez solucionada dicha situación al incluir la documentación completa, se amplía en un plazo algo mayor el periodo de presentación de escritos y alegaciones.

En el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero publicado en el Boletín Oficial del Estado número 53, de 29 de febrero de 2024, se comunica que se modifica lo siguiente:

Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Lanuza Solar, SLU, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Lanuza Solar II, de 62,50 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Málaga.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General de Política Energética y Minas en base a los siguientes

I. Hechos