El Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, se refiere en su artículo 79 a los convenios de colaboración con entidades de crédito, cuyo objeto primordial consiste en garantizar la disponibilidad del volumen de préstamos convenidos y de las cuantías necesarias para la ayuda estatal directa a la entrada, requeridos para la financiación de las actuaciones protegidas, dentro del volumen máximo a que se refiere el artículo 83.1 del citado Real Decreto.
El mismo artículo 79 precisa que las entidades de crédito a las que se refieren dichos convenios de colaboración habrán sido seleccionadas según los criterios establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
De acuerdo con ello, la presente Orden tiene por objeto establecer las reglas aplicables a la selección, mediante convocatoria pública, de las entidades de crédito que estén interesadas en convenir con el Ministerio de Vivienda la financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo durante el Plan estatal 2005-2008, y también los criterios temporales y territoriales para la concesión de los préstamos convenidos.
En su virtud y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio,
D I S P O N G O
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción, por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio,
Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
A los efectos procedentes esta Dirección General ha acordado publicar extracto de las Resoluciones siguientes:
Resolución número 7638 de 12 de abril por la que se concede la Autorización de Uso número 7638/05 al forjado de viguetas pretensadas tipo preloyus V-12, fabricado por Preloyus, S.L., con domicilio en El Pedernoso (Cuenca).
Anunciada por Orden VIV/1587/2005, de 25 de mayo 2005 (Boletín Oficial del Estado de 1 de junio) convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, puestos en el Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la an-terior, y previa observancia del procedimiento establecido en el títu-lo III, capítulo III, del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, resuelve la referida convocatoria como a continuación se indica:
1.º Los puestos indicados en el anexo a la presente se adjudica a los funcionarios/as y en los términos que se expresan en el mismo.
I
La Constitución Española obliga a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y a dictar las normas precisas para hacer efectivo el derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.