De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Vivienda y la Junta de Galicia, para el desarrollo del sistema de información urbana.
Lo que se hace público para general conocimiento.
A los efectos procedentes, esta Dirección General ha acordado publicar extracto de las Resoluciones siguientes:
Resolución número 10371, de 24 de mayo, por la que se concede la autorización de uso número 10371/10 al forjado de Viguetas Armadas, fabricado por Sociedad Cooperativa de Viguetas Olverisca, con domicilio en Olvera (Cádiz).
El Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, establece en su artículo 18 que las relaciones del Ministerio de Vivienda con las entidades de crédito para la ejecución del Plan, se formalizarán mediante convenios de colaboración que garantizarán una oferta suficiente de préstamos convenidos y la gestión del pago de la subsidiación de dichos préstamos y de la AEDE, a los prestatarios a los que correspondan estas ayudas financieras. Y precisa que las entidades de crédito serán seleccionadas según los criterios establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Orden VIV/1290/2009, de 20 de mayo, sobre convocatoria para la selección de entidades de crédito colaboradoras con el Ministerio de Vivienda en la financiación de actuaciones protegidas del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, determina en su apartado segundo las condiciones que han de cumplir las entidades para poder ser calificadas como preferentes y señala que el Ministerio de Vivienda comunicará a las entidades de crédito colaboradoras su condición de preferentes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito entre el Ministerio de Vivienda, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, para la remodelación de Barrios de la Provincia de Barcelona.
Lo que se hace público para general conocimiento.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito entre el Ministerio de Vivienda, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, para la rehabilitación del Barrio de Sants-Badal de Barcelona.
Lo que se hace público para general conocimiento.