Madrid, 19 de marzo de 2024.- Secretario General, Gaspar Echeverría Summers.
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, establece la creación del sistema estatal de índices de referencia del precio del alquiler de vivienda, señalando que la resolución por la que se determine el sistema de índices de referencia se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el marco de un procedimiento sujeto a los principios de transparencia y publicidad, y contra la que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.
A su vez, el primer apartado de la disposición transitoria séptima de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, introducida por la disposición final primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, dispone que la regulación establecida en el artículo 17.7 se aplicará a los contratos que se formalicen desde la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y una vez se encuentre aprobado el referido sistema de índices de precios de referencia, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.2.d) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, con carácter trimestral, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana publicará una resolución en la que se recoja la relación de zonas de mercado residencial tensionado que hayan sido declaradas en virtud del procedimiento establecido en el artículo 18 de la referida norma.
En este sentido, el 14 de marzo de 2024 ha sido publicada la «Resolución TER/800/2024, de 13 de marzo, por la que se modifica la Resolución TER/2940/2023, de 11 de agosto, por la que se declaran zona de mercado residencial tensionado varios municipios, de acuerdo con la Ley Estatal 12/2023, de 14 de mayo, por el derecho a la vivienda», que declara una serie de zonas de mercado residencial tensionado en el territorio de su comunidad autónoma. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 18.2.d) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y a partir de dicha declaración, se dicta la presente resolución donde se reflejan los siguientes contenidos derivados de las declaraciones de zonas de mercado residencial tensionado publicadas durante el primer trimestre de 2024:
Madrid, 26 de febrero de 2024.- Directora General de Agenda Urbana y Arquitectura, Maria Teresa Verdú Martínez.
1. Poder adjudicador:
1.1) Nombre: Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.