Madrid, 24 de febrero de 2020.- La Presidenta, Isabel Pardo de Vera Posada.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
En el BOE nº 149 de fecha 21 de junio de 2016 se publicó el acuerdo de modificación con ampliación de plazo concesional, de la concesión administrativa otorgada a Alcudiamar, S.A., mediante acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 29/07/1988 para la construcción y explotación de una zona deportiva en el puerto de Alcudia, en dicha publicación se hacía constar la información relativa a las condiciones de la concesión de acuerdo con el art. 85.7 del TRLPEMM. Como complemento de dicha información, se hace saber que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 23 de Octubre de 2019 y, en virtud de lo expuesto en el artículo 33.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de lo reseñado en el artículo 31.2.b) de dicha norma legal, y en aplicación a lo recogido en el artículo 30.5, apartados s) del citado Texto Refundido.
Acordó aprobar el "Reglamento de explotación y policía puerto turístico deportivo Alcudiamar S.A. (871 CP/G).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, modificado por la Ley 5/2010, de 17 de marzo, se somete a información pública la delimitación de las servidumbres aeronáuticas acústicas del Aeropuerto de Tenerife Sur, el Real Decreto y Plan de Acción asociado, durante un periodo de 45 días, contados a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", durante el cual podrá ser examinado por las personas que lo deseen al objeto de formular alegaciones. Estarán los citados documentos expuestos al público en los días y horas hábiles de oficina en la siguiente dirección:
Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión celebrada el día 14 de febrero de 2020, en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.5.n) del RDL 2/2011, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto otorgar a la mercantil Welcome, S.L., concesión demanial Núm. 224 cuyas características son las siguientes:
Objeto: Desarrollo de la actividad portuaria comercial propia del servicio de aprovisionamiento a buques en la zona de servicio del puerto de Ceuta.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión celebrada el día 14 de febrero de 2020, en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.5.n) del RDL 2/2011, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto autorizar a la mercantil Muebles y Cocinas Ceuta, S.L.U., la unificación de las concesiones Núm. 104.4 y 104.5 situadas en el área funcional F ( explanada de Poniente), con las siguientes características:
Objeto: Desarrollo de actividades del uso complementario al uso comercial portuario, relativa a la logística y almacenaje de mercancía general.