Ministerio de Trabajo y Economía Social

Orden TES/92/2020, de 3 de febrero, por la que se ratifican delegaciones de competencias efectuadas en órganos administrativos del Departamento.

Los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, por el Real Decreto 10/2020, de 14 de enero, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, y por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, afectan al ejercicio de las competencias delegadas en órganos del suprimido Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

A este respecto, las delegaciones del ejercicio de competencias contenidas en la Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre, si bien subsisten en cuanto a su vigencia y eficacia, necesitan ser ratificadas y acomodadas a la estructura departamental del Ministerio de Trabajo y Economía Social a fin de dar seguridad jurídica al funcionamiento de los servicios, a la tramitación de expedientes de gasto y transferencias habituales y al ejercicio de determinadas competencias. Esta orden ministerial nace, de este modo, con vocación de transitoriedad hasta que se apruebe un nuevo y completo sistema de delegación de competencias en el ámbito de este Departamento.

Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Servicios Dix 2012, SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Servicios Dix 2012, S.L. (Código de convenio: 90103592012020), que fue suscrito, con fecha 1 de agosto de 2019, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical a nivel de empresa de FETICO, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta dirección General de Trabajo resuelve:

Resolución de 22 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre registro diario de jornada del Convenio colectivo del sector de la banca.

Visto el texto del acuerdo parcial, de 18 de diciembre de 2019, por el que se aprueba el acuerdo sobre registro diario de jornada del Convenio colectivo del sector de la banca (Código de convenio: 99000585011981), acuerdo que fue suscrito, de una parte, por la organización empresarial Asociación Española de la Banca, en representación de las empresas del sector y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO.–Servicios, FeSMC-UGT y FINE, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta dirección General de Trabajo resuelve:

Resolución de 27 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento salarial para el año 2019 del Convenio colectivo de Primark Tiendas, SL.

Visto el texto del Acta de 9 de septiembre de 2019, en la que se aprueba el incremento salarial para el año 2019 del Convenio colectivo de la empresa Primark Tiendas, S.L. –Código de convenio: 90018062012010– (publicado en el BOE de 22 de agosto de 2017), Acta que fue suscrita por la comisión paritaria del citado Convenio de la que forman parte los designados por la dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por las organizaciones sindicales FETICO y CC.OO. en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve: