Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Carlos Garcia Casas mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2024/000322.
Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada confederación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por Dª. Maria Sanchez Ruiz mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2024/000569.
Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Miguel Ángel Entrena Abad mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2023/003207.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 14.2 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, se acuerda convocar, previo informe de la Comisión Paritaria, de conformidad con el artículo 2 bis.5.a) del citado Real Decreto, la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución.
Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 10 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, se acuerda convocar, previo informe de la Comisión Paritaria, de conformidad con el artículo 2 bis.5.a) del citado real decreto, la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases: