Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunitat Valenciana por el que se acuerda ejecutar para el año 2010, un programa especifico que desarrolla determinadas estrategias de gestión para mejorar la prestación de incapacidad temporal y estudia el comportamiento de los procesos de corta duración, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En base a lo establecido en el apartado tercero de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado,
Esta Presidencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden, resuelve publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el resumen de las cuentas anuales del Consejo Económico y Social correspondiente al ejercicio 2009.
Visto el texto del Acuerdo por el que se prorroga por un año más la vigencia de la disposición adicional primera del Acuerdo colectivo de la empresa «Banca March, S. A.», sobre prejubilaciones (publicado en el «BOE» de 17-11-2006), que fue suscrito con fecha 4 de enero de 2010, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en su representación y de otra parte por las Secciones Sindicales y Sindicatos SABEI-CGT, UGT y Confederación de Cuadros.
Fundamentos de Derecho
Visto el texto del III Convenio Colectivo de las empresas Corporación empresarial Roca, S.A., y Roca Sanitario, S.A. (Código de Convenio n.º 9014783), que fue suscrito con fecha 26 de julio de 2010, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales UGT, CC.OO, CGT y COP en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Visto el contenido del Acta de adhesión al IV ANFC (BOE de 27 de marzo de 2006) y constitución de la Comisión Paritaria de Acción e Intervención Social, de fecha 27 de julio de 2010, suscrita por las asociaciones empresariales AESAP, AEISS y OEIS y las organizaciones sindicales FSC-CCOO, FSP-UGT y CIG, así como el texto del II Acuerdo Nacional de Formación Continua para dicho sector, firmado éste por las mismas organizaciones empresariales y sindicales, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.