Ministerio de Sanidad

Orden SND/493/2020, de 3 de junio, por la que se modifica la Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen medidas en materia de transporte de animales.

El Gobierno, al amparo de los dispuesto en el artículo cuarto, apartados b) y d), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Tras dicha declaración, y de acuerdo con los artículos 4 y 14.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dictó la Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen medidas en materia de transporte de animales. Cabe señalar que dicha orden fue aprobada en un momento en el que la actividad de hostelería y restauración era prácticamente nula, por lo que resultaba difícil a los transportistas encontrar lugares para realizar, en el momento preciso, las paradas establecidas en la normativa veterinaria.

Resolución de 12 de marzo de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, convocado por Resolución de 28 de marzo de 2019.

Finalizada la fase de concurso-oposición, del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, convocado por Resolución de 28 de marzo de 2019 (BOE del 1 de abril),

Esta Subsecretaría ha resuelto hacer pública la lista de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación obtenida, que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución.

Extracto de la Orden de 25 de mayo de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y sida para el año 2020.

BDNS(Identif.):507873

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Orden SND/457/2020, de 29 de mayo, por la que se adoptan exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La situación creada por la crisis global del COVID-19 ha conllevado el establecimiento de restricciones drásticas en materia de movilidad tanto dentro como fuera del territorio español. Estas restricciones están dificultando a los pilotos, instructores y examinadores de licencias de ultraligero, a cumplir con los requisitos exigidos para el mantenimiento de las habilitaciones, certificados que se insertan en las licencias.

Debido a las actuales circunstancias, los titulares de licencias de piloto de ultraligero expedidas de conformidad con el Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero, no pueden mantener su experiencia reciente para el mantenimiento de las habilitaciones que tienen insertas en la licencia, y por tanto proceder a la revalidación de las mismas.