De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se participa que ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, se tramita el recurso número 001/0000043/2020, promovido por la Federación Nacional de Asociaciones de Mayoristas Distribuidores de Especialidades Farmacéuticas y Productos Parafarmacéuticos (FEDIFAR), contra Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se participa que ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, se tramita el recurso 001/0000044/2020, promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, contra Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.
Madrid, 8 de junio de 2020.- Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Alfonso María Jiménez Palacios.
La Orden SCB/925/2019 de 30 de agosto, modificada por la Orden SND/411/2020, de 13 de mayo, establece en su dispongo octavo que en el mes siguiente a la aprobación de las relaciones definitivas de resultados, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, dictará resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», convocando por titulaciones a todas las personas que hayan alcanzado la puntuación mínima, para que presenten la correspondiente solicitud de adjudicación de plaza.
En virtud de lo expuesto, esta Dirección General resuelve:
Melilla, 5 de junio de 2020.- La Directora Gerente de Atención Especializada, Antonia Vázquez de la Villa.