Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, convocado por Orden de SAS/1897/2009, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 15), y de conformidad con los artículos 22.1 y 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se acuerda:
Primero.–Hacer pública la relación de candidatos aprobados por el sistema de acceso libre con arreglo a la puntuación obtenida en la fase de oposición, que figura como anexo I a la presente Orden.
Dentro de las funciones que tiene asignadas el Instituto Nacional del Consumo se encuentran las de información, formación y educación de los consumidores.
En desarrollo de estas funciones, el Instituto Nacional del Consumo y las comunidades autónomas de Andalucía, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana y Ciudad de Melilla, organizan, durante el curso escolar 2009-2010, el Concurso Escolar Consumópolis5 sobre Consumo Responsable con el lema Y tú, ¿de qué vas? A mi me va el consumo responsable, para jóvenes escolarizados en el tercer ciclo de Enseñanza Primaria y los cuatro cursos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Orden TAS/1655/2007, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para personas con discapacidad y personas mayores dentro del ámbito de competencias del Imserso (Boletín Oficial del Estado número 138, del 9) (Orden de bases reguladoras), y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.) y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley (Reglamento de la LGS), sobre procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de las subvenciones que podrán ser objeto de concesión, sus requisitos, así como el crédito presupuestario al que deben imputarse.
En su virtud, esta Dirección General ha dispuesto:
El artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece el procedimiento para aprobar los programas formativos de las especialidades sanitarias en ciencias de la salud, previendo su publicación en el Boletín Oficial del Estado para general conocimiento.
La Comisión Nacional de la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora ha elaborado el programa formativo de dicha especialidad que ha sido ratificado por el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, órgano asesor de los Ministerios de Sanidad y Política Social y de Educación en materia de formación sanitaria especializada.
Examinada la escritura de modificación de Estatutos de la Fundación DFA, instituida en Zaragoza.
Antecedentes de hecho