Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares, convocado por Orden de SCO/2802/2008, de 19 de septiembre (Boletín Oficial del Estado de 7 de octubre), y de conformidad con los artículos 22.1 y 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se acuerda:
Primero.–Hacer pública la relación de candidatos aprobados por el sistema de acceso libre con arreglo a la puntuación obtenida en la fase de oposición, que figura como Anexo I a la presente Orden.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2004, por el que se aprueba el «Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE, para el período 2004-2011» determina entre otras materias, las condiciones de todas las modalidades de juego concedidas y autorizadas a la ONCE, ordenando a su vez, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores, previa verificación por el Consejo de Protectorado de la ONCE de que las propuestas de la Organización, se ajustan a lo dispuesto en el referido Acuerdo General y a los procedimientos y criterios de control aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión de 2 de julio de 2007 y desarrollados por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado mediante acuerdo de 15 de octubre de 2007.
Por otra parte, el Real Decreto 1336/2005 de 11 de noviembre autorizó a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), la explotación de una lotería instantánea o presorteada. A dicha modalidad le son de aplicación los Procedimientos de control de la Lotería Instantánea de la ONCE aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión de 3 de julio de 2006.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2004, por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE, determina entre otras materias, las condiciones generales del régimen de los sorteos del cupón de la Organización, ordenando a su vez, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.
La cláusula 19.1 del referido Acuerdo faculta expresamente al Consejo de Protectorado de la ONCE para efectuar las modificaciones en los «Procedimientos y criterios de control sobre las materias concernientes al cupón prociegos y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE», que resulten imprescindibles conforme a las novedades introducidas por el mencionado Acuerdo General.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2004, por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE, determina entre otras materias, las condiciones generales del régimen de los sorteos del cupón de la Organización, ordenando a su vez, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.
La cláusula 19.1 del referido Acuerdo faculta expresamente al Consejo de Protectorado de la ONCE para efectuar las modificaciones en los «Procedimientos y criterios de control sobre las materias concernientes al cupón prociegos y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE», que resulten imprescindibles conforme a las novedades introducidas por el mencionado Acuerdo General.
Con fecha 20 de febrero de 2008 se suscribió un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (IMSERSO) y la Fundación ONCE para la cooperación e integración social de personas con discapacidad, para desarrollar un programa de accesibilidad universal.
Con fecha 27 de marzo de 2009 se ha suscrito un Addendum al citado Convenio Marco por el que se modifica las aportaciones de los firmantes del citado Convenio.