Ministerio de Sanidad y Política Social

Orden SAS/2039/2009, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el fomento de la traslación, avances de la investigación y dinamización del entorno del Sistema Nacional de Salud.

Los esfuerzos realizados durante las dos últimas décadas, en la investigación en el ámbito del Sistema Nacional de Salud han dado como resultado la generación de conocimiento de enorme valor, cuya traslación a la aplicación clínica es ya una necesidad inmediata. Es imprescindible contar con herramientas de cohesión que favorezcan esta traslación del conocimiento generado a la práctica asistencial, cuya finalidad sea establecer el grado de calidad, seguridad, eficacia, efectividad y eficiencia de estos nuevos avances.

Dentro de estas herramientas, el apoyo a unidades clínicas pertenecientes a centros vinculados al Sistema Nacional de Salud, con capacidad para aplicar y desarrollar protocolos específicos destinados a garantizar los fines mencionados, con pleno respeto a los principios bioéticos es un eje fundamental que repercutirá en la generación de nuevo conocimiento aplicado a la práctica clínica.

Orden SAS/2022/2009, de 20 de julio, por la que se deroga la Orden de 7 de noviembre de 1985, por la que se determinan los medicamentos de utilización en medicina humana que han de dispensarse con o sin receta.

La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, establece en su artículo 19 que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios determinará, en la autorización de cada medicamento sus condiciones de prescripción.

Así mismo, la citada ley especifica las condiciones que, en todo caso, determinarán que el medicamento esté sujeto a prescripción médica y establece la calificación por dicha Agencia como medicamentos no sujetos a prescripción médica, aquellos que vayan destinados a procesos o condiciones que no necesiten un diagnóstico preciso y cuyos datos de evaluación toxicológica, clínica o de su utilización y vía de administración no exijan prescripción médica.

Orden SAS/2007/2009, de 20 de julio, por la que se crea y regula el centro de referencia estatal de atención a personas con enfermedades raras y sus familias, en Burgos.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, conforme al artículo 16, contempla a los Centros de Referencia Estatal como recursos integrantes de la Red de Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (S.A.A.D.).

Los Centros de Referencia Estatal se configuran como instrumentos de la Administración General del Estado que, en el ejercicio de sus competencias, sirven de cauce para la colaboración entre los recursos públicos y privados para la promoción y mejora de un sector de atención determinado, cuando su situación así lo requiera.

Orden SAS/2006/2009, de 20 de julio, por la que se modifica la Orden TAS/2013/2007, de 28 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios Reina Sofía, de accesibilidad universal de municipios.

El 6 de julio de 2007 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden TAS/2013/2007, de 28 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios Reina Sofía, de accesibilidad universal de municipios.

Dicha orden tiene como finalidad recompensar a los Ayuntamientos de España que hayan realizado una labor continuada, en el campo de la accesibilidad universal de las personas con discapacidad al medio físico, la educación, el ocio, la cultura, el deporte, el transporte, el turismo y las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y organismos públicos dependientes.

El Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en su artículo 15, crea el nuevo Ministerio de Sanidad y Política Social, al que le corresponde la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud así como la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de cohesión e inclusión social, de familias, de protección del menor y de atención a las personas dependientes o con discapacidad.

El Real Decreto 1041/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, viene a concretar los nuevos órganos directivos del Departamento y sus funciones, en desarrollo del Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, y del Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el citado Real Decreto 542/2009, de 7 de abril y, se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.