Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Orden SSI/276/2012, de 7 de febrero, por la que se dispone el cese de don José Manuel Bernabé Sánchez como Subdirector General de Normativa.

En virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12.2.f) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo el cese, con efectividad de 6 de febrero de 2012, de don José Manuel Bernabé Sánchez, funcionario de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de los Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, como Subdirector General de Normativa, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 7 de febrero de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), la Subsecretaria de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, María Jesús Fraile Fabra.

Real Decreto 409/2012, de 17 de febrero, por el que se nombra Director del Instituto de Salud Carlos III a don Joaquín Roberto Arenas Barbero.

A propuesta de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con el Ministro de Economía y Competitividad y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de febrero de 2012,

Vengo en nombrar Director del Instituto de Salud Carlos III a don Joaquín Roberto Arenas Barbero.

Resolución de 20 de enero de 2012, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se establece el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas correspondientes a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

La ley 17/2011, de 5 de julio (BOE de 6 de julio), de Seguridad Alimentaria y Nutrición, regula en su capítulo décimo el régimen de las tasas exigibles por los servicios y actividades en materia de industrias alimentarias, preparados alimenticios para regímenes especiales y/o dietéticos, aguas minerales y de manantial, realización de servicios de análisis de muestras cuando se efectúen como laboratorio de referencia en el marco del control oficial, la realización de evaluaciones de expedientes de alimentos, ingredientes alimentarios, coadyuvantes o procesos tecnológicos, fijando los sujetos pasivos, la relación de hechos imponibles y las cuantías de las respectivas tasas. Dichas tasas son exigibles como contraprestación por los servicios y actividades prestados por el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición adscrito al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Su disposición derogatoria única deroga, entre otras disposiciones, el artículo 31 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en el que se regulaban las anteriores tasas..

Además, el artículo 45.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de la técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones Públicas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Resolución de 16 de enero de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el acuerdo del Consejo General de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, sobre modificación parcial del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de juego denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», mediante la inclusión de los nuevos apéndices 21 y 22.

La Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) tiene reconocida legalmente una concesión estatal en materia de juego que se justifica por el interés general de sus fines sociales. En el ejercicio de esta concesión, la ONCE tiene autorizada la explotación de tres modalidades de lotería: modalidad de juego cupón, modalidad juego activo y modalidad lotería instantánea.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, en la redacción dada por los Reales Decretos 1200/1999, de 9 de julio, 1359/2005, de 18 de noviembre y 394/2011, de 18 de marzo, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SPI/1015/2011, del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. de 15 de abril de 2011.

Orden SSI/210/2012, de 26 de enero, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden SPI/3163/2011, de 7 de noviembre, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Por Orden SPI/3163/2011, de 7 de noviembre, se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Una vez llevado a cabo el procedimiento establecido en el artículo 20.1.a) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la nueva redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en aplicación de las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,

Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes apartados: