El Real Patronato sobre Discapacidad, la Fundación ACS y la Federación Nacional ASPAYM han suscrito, con fecha 20 de abril de 2018, un Convenio para la realización del campamento ASPAYM 2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de mayo de 2018.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.
Madrid, 4 de junio de 2018.- Directora General
Por Resolución de 6 de abril de 2018, de la Dirección de este Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (BOE del 19), se aprobó la relación de aspirantes admitidos y excluidos total y/o parcialmente, presentados en el concurso de movilidad voluntaria para proveer plazas de personal sanitario y no sanitario de Atención Especializada y Atención Primaria de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y del Centro Nacional de Dosimetría (Valencia).
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales, examinada la documentación presentada y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15.4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto,
Por Resolución de 23 de marzo de 2018 («Boletín Oficial del Estado» del día 16 de abril de 2018), se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su artículo 326 que, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, los órganos de contratación estarán asistidos por una mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, regulados en los artículos 156 y siguientes de la citada Ley. Igualmente determina la estructura y composición de la mesa, así como los requisitos que ha de cumplir cada uno de sus miembros.
El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, dispone en sus artículos 21 y 22, respectivamente, la composición y funciones de las mesas de contratación.