Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 3 de agosto de 2009.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.
La Constitución española en su artículo 149.1.2.ª atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y asilo. Asimismo, el artículo 149.1.7.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas.
Por su parte, el artículo 138.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, reformado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, establece que corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva en materia de autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Cataluña. Esta competencia, que se ejercerá en necesaria coordinación con la que corresponde al Estado en materia de entrada y residencia de extranjeros, incluye: a) la tramitación y resolución de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena y b) la tramitación y la resolución de los recursos presentados con relación a los expedientes a que se refiere la letra a) y la aplicación del régimen de inspección y sanción.
Por Orden TER/1764/2009, de 24 de junio (B.O.E. 1/07/2009) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Administraciones Públicas.
Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo (B.O.E. 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (B.O.E. del 29).
Por Orden TER/1589/2009, de 8 de junio (B.O.E. 15/06/2009) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Administraciones Públicas.
Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo (B.O.E. 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (B.O.E. del 29).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, según la modificación efectuada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio, esta Dirección General acuerda publicar la adjudicación por el sistema de libre designación, del puesto de Secretaría de clase primera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, (Madrid), reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en los términos que se relacionan en el anexo adjunto.
La toma de posesión se efectuará conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.