Vista la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, efectuada por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y posteriormente –una vez publicada en su respectivo Diario Oficial– remitida al Ministerio de Política Territorial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en uso de las funciones conferidas en el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio, esta Dirección General acuerda:
Examinado el expediente de deslinde entre los términos municipales de San Pedro del Pinatar (Murcia) y Pilar de la Horadada (Alicante), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 3.11 del Real Decreto 3426/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de deslinde de términos municipales pertenecientes a distintas Comunidades Autónomas, se ha aprobado la siguiente resolución:
I. Antecedentes
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el Capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.–Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.
Advertido error en la Orden TER/1812/2009, de 11 de mayo, por la que se aprueba el deslinde entre los términos municipales de Castro-Urdiales(Cantabria) y Muskiz (Vizcaya), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 163, de 7 de julio de 2009, se efectúa la siguiente rectificación:
En la página 56777, en la primera línea, donde dice: «así como el dictamen del Consejo de Estado 313/2009 de 16 de abril», debe decir: «de acuerdo con el Consejo de Estado».
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 3 de agosto de 2009.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.