Ministerio de Política Territorial

Orden TER/3577/2009, de 14 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden TER/2929/2009, de 9 de octubre.

Por Orden TER/2929/2009, de 9 de octubre (B.O.E. 2/11/2009) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Política Territorial.

Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo (B.O.E. 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (B.O.E. del 29).

Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se rectifican, y en su caso amplían, las Resoluciones de 30 de octubre de 2009, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, y por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Advertida la necesidad de efectuar rectificación y ampliación de la Resolución de 30 de octubre de 2009, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 283, de 24 de noviembre de 2009), ante las precisiones efectuadas, entre otros, por Entidades Locales y Comunidades Autónomas.

Asimismo, advertidos errores en el Anexo de Resolución de 30 de octubre de 2009 de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 283, de 24 de noviembre de 2009).

Resolución de 17 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se publica la convocatoria para la provisión de puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal por el sistema de libre designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, según la modificación efectuada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio, esta Dirección General acuerda publicar, en extracto, la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de colaboración de Viceintervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Jaén (Jaén), reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal y relacionado en el anexo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.–El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser solicitado por los funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la Subescala, y en su caso categoría, a que está reservado.

Orden TER/3559/2009, de 21 de diciembre, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el Capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.–Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I de la presente Orden.

Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, sobre traspaso a la Generalitat de Cataluña de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías.

La Constitución Española en su artículo 149.1.21.ª atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una comunidad autónoma. Asimismo, el artículo 149.1.24.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva sobre las obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una comunidad autónoma.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, reformado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, establece en su artículo 169.1 que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre los transportes terrestres de viajeros y mercancías por carretera, ferrocarril y cable que transcurran íntegramente por el territorio de Cataluña, con independencia de la titularidad de la infraestructura. Esta competencia incluye en todo caso, la regulación, la planificación, la gestión, la coordinación y la inspección de los servicios y de las actividades, así como la potestad tarifaria.