Madrid, 5 de julio de 2021.- DIRECTORA DEL INAP, CONSUELO SÁNCHEZ NARANJO.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Advertidos errores en la RELACIÓN DE DOCUMENTOS del anuncio publicado el 26 de abril de 2021, en el Boletín Oficial de Estado, Sección V. "Anuncios". B. "Otros anuncios oficiales", páginas 26238 a 26243, y el 19 de mayo de 2021, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, páginas 3 a 6, relativo a la información pública de la solicitud de Autorización Administrativa Previa y Declaración de Impacto Ambiental de las plantas fotovoltaicas FV Orla Solar de 62,5 MWp, FV Orla II Solar de 62,5 MWp, FV Natera Solar de 62,5 MWp y FV Natera II Solar de 62,5 Mwp, y de Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental y Autorización Administrativa de Construcción de la infraestructura de evacuación común: Subestación Eléctrica Transformadora Lomas 220/30 kV y Línea de alta tensión a 220 kV Lomas – Cártama 220 kV, en los términos municipales de Álora, Alozaina, Cártama, Casarabonela, Coín y Pizarra en la provincia de Málaga, se procede de nuevo a la publicación de la RELACIÓN DE DOCUMENTOS complementados en lo siguiente:
En la relación inicial de documentos aportados por los promotores se ha advertido un error relativo a la Línea Aérea de Alta Tensión 220 kV para la conexión entre las subestaciones Lomas-Cártama, por lo cual procede modificar el alcance de tramitación del expediente PFot-365 AC de modo que la línea objeto del expediente se limite hasta el apoyo 32, ya que de ese punto en adelante la línea se estaría tramitando por duplicado a través del expediente PFot-366 AC, correspondiente a las instalaciones fotovoltaicas FV Faballones Solar, FV Posets Solar y sus infraestructuras de evacuación.
A los efectos de lo establecido en el artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
La resolución completa puede consultarse en el siguiente enlace:
· Peticionario: MURSOLAR 14, S.L., con domicilio social en C/ Poeta Joan Maragall, 1 – 5º, 28020, Madrid.
· Órganos competentes: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El órgano ambiental competente para emitir la Declaración de Impacto Ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
A los efectos de lo establecido en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en los artículos 53 y 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud cuyas características se indican a continuación:
- Expediente número: PFot-340