Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Orden ARM/1158/2008, de 24 de abril, sobre delegación de competencias.

Los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, afectan al ejercicio de las competencias delegadas en órganos de los suprimidos Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente. Hasta tanto se apruebe una nueva delegación de competencias, una vez que se haya completado la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, es conveniente mantener con las adecuaciones imprescindibles, la asignación de las competencias delegadas, de manera que permita la gestión ordinaria del departamento y sus organismos públicos, teniendo en cuenta la subsistencia de órganos a que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 438/2008 indicado. Por ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero.-Se ratifican las delegaciones de competencias de los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente vigentes en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, realizadas en los siguientes órganos directivos: a) En los órganos de estos Ministerios en los que, de acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, se estructura el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, así como en los restantes órganos directivos a los que se refiere el apartado segundo de la disposición transitoria primera de este real decreto.

Real Decreto 567/2008, de 21 de abril, por el que se dispone el cese de don Antonio Serrano Rodríguez como Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad.

A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2008,

Vengo en disponer el cese de don Antonio Serrano Rodríguez, como Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad.

Real Decreto 568/2008, de 21 de abril, por el que se dispone el cese de don Arturo Gonzalo Aizpiri como Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático.

A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2008,

Vengo en disponer el cese de don Arturo Gonzalo Aizpiri, como Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, agradeciéndole los servicios prestados.

Real Decreto 569/2008, de 21 de abril, por el que se dispone el cese de doña Teresa Ribera Rodríguez como Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático.

A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2008,

Vengo en disponer el cese de doña Teresa Ribera Rodríguez como Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático.

Real Decreto 570/2008, de 21 de abril, por el que se dispone el cese de doña Purificación Morandeira Carreira como Directora del Centro para la Prevención y Lucha contra la Contaminación Marítima y del Litoral.

A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2008,

Vengo en disponer el cese de doña Purificación Morandeira Carreira como Directora del Centro para la Prevención y Lucha contra la Contaminación Marítima y del Litoral, agradeciéndole los servicios prestados.