A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de mayo de 2008,
Vengo en disponer el cese de don José Luis Herranz Sáez como Director General para la Biodiversidad.
A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de mayo de 2008,
Vengo en nombrar Director General de Medio Natural y Política Forestal a don José Luis Herranz Sáez.
A propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de mayo de 2008,
Vengo en nombrar Director General de Ordenación Pesquera a don Ignacio Gandarias Serrano.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón para la restauración de las zonas afectadas por las inundaciones que se produjeron durante la última semana del mes de marzo y la primera del mes de abril de 2007, que figura como anexo de la presente Resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Advertidos errores en el texto de la Orden ARM/1158/2008, de 24 de abril, sobre delegación de competencias, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 100, de 25 de abril de 2008, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:
En la página 21611:
Apartado octavo letra b), donde dice: «En los Secretarios Generales, de las autorizaciones del personal dependiente de sus unidades con respecto a los desplazamientos al extranjero en la letra siguiente», debe decir: «En los Secretarios Generales, de las autorizaciones del personal dependiente de sus unidades con respecto a los desplazamientos al extranjero no previstos en la letra siguiente».