Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Resolución de 20 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura, tramo Madrid-Oropesa, integración urbana del ferrocarril en Talavera de la Reina, Toledo.

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en su anexo II así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura, tramo Madrid-Oropesa, integración urbana del ferrocarril en Talavera de la Reina (Toledo) se encuentra encuadrado en el apartado c del Grupo 7 del referido anexo II.

Resolución de 22 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Explotación del helipuerto de la base contra incendios forestales en Alcoba de los Montes, Ciudad Real.

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la Sección 1ª del Capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Explotación del helipuerto de la base contra incendios forestales en Alcoba de los Montes (Ciudad Real) se encuentra encuadro en el apartado d) del grupo 7 del referido anexo II.

Resolución de 23 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto Segovia Norte.

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 9 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Resolución de 23 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Adecuación ambiental en el entorno de la playa de Bañugues, término municipal de Gozón, Asturias.

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto 20090508 COS, Adecuación ambiental en el entorno de la playa de Bañugues, término municipal de Gozón (Asturias) se encuentra en este supuesto por poder afectar al lugar de interés comunitario (LIC) y a la zona de especial protección para las aves (ZEPA) denominados Cabo Busto-Luanco, con código ES0000318, ambos espacios pertenecientes a la Red Natura 2000.

Corrección de erratas de la Orden ARM/2213/2010, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden APA/3290/2007, de 12 de noviembre, por la que se establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera utilizados en el comercio con terceros países y el procedimiento administrativo de autorización.

Advertida errata en la inserción de la Orden ARM/2213/2010, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden APA/3290/2007, de 12 de noviembre, por la que se establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera utilizados en el comercio con terceros países y el procedimiento administrativo de autorización, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 194, de fecha 11 de agosto de 2010, páginas 71445 a 71456, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En el anexo III, página 71452, donde dice: