La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) es un organismo público de los regulados en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.
A tenor de lo establecido en las disposiciones adicional cuarta y transitoria segunda de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en tanto no adapte su naturaleza y régimen jurídico a las previsiones de dicha Ley, continuará rigiéndose por su normativa específica, esto es la Ley 28/2006, el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto, y el Contrato de Gestión aprobado por Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo, para el cuatrienio 2013-2016, en todos aquellos aspectos relacionados con los efectos que el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos tiene para el personal de la Agencia; los procedimientos a seguir para la cobertura de los déficit que eventualmente puedan producirse y para la introducción de las modificaciones o adaptaciones anuales que procedan, así como los mecanismos de seguimiento de la ejecución y cumplimiento del Contrato.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, la Dirección Insular de la Administración General del Estado en Lanzarote, ha propuesto la actualización de su Carta de Servicios. El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las Cartas de Servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente.
Visto el informe favorable emitido al respecto por la Dirección General de Gobernanza Pública de fecha 23 de mayo de 2018, en virtud de las competencias que le asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para mejora de la calidad en la Administración General del Estado, esta Subsecretaría ha resuelto lo siguiente:
Madrid, 7 de junio de 2018.- Subdirectora General
Por Resolución de 8 de febrero de 2018 («BOE» del 15) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» del 10), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio («BOE» del 29), una vez acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte de la candidata elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Subsecretaría ha dispuesto:
El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Director General del Instituto de Estudios Fiscales han suscrito, con fecha 16 de mayo de 2018, un Convenio para la colaboración en Programas de Doctorado.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anexo a la presente Resolución.