Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

Resolución de 2 de enero de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

La Secretaria General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, actuando por suplencia del Director General, el Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Gerente de la Mutualidad General Judicial y el Conselleiro de Sanidade de la Xunta de Galicia y Presidente del Servicio Gallego de Salud, han suscrito una Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente Resolución.

Real Decreto 734/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifican directrices básicas de planificación de protección civil y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias.

En una sociedad en continuo cambio que se desarrolla en un contexto caracterizado por la aparición de nuevas amenazas y la intensificación de determinados riesgos, es importante que las administraciones públicas identifiquen aquellos ámbitos de atención prioritaria con el fin de tener una población más fuerte y preparada. Las políticas públicas de protección civil desarrolladas en las últimas décadas han ayudado a disminuir el grado de vulnerabilidad de la población en general; sin embargo, es necesario mejorar la atención y la protección de aquellos colectivos que por sus características sociales o personales puedan encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad ante catástrofes o emergencias.

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, de 13 de diciembre de 2006, relativa a las situaciones de riesgo y emergencias humanitarias, establece en su artículo 11 que «los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales».

Orden PCI/1283/2019, de 27 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2019, por el que se modifican directrices básicas de planificación de protección civil y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 20 de diciembre 2019, a propuesta del Ministro del Interior y de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ha adoptado un Acuerdo por el que se modifican directrices básicas de planificación de protección civil y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias.

Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente Orden.

Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la adopción de protocolos de utilización de la aplicación IRIA.

El Presidente del Instituto Nacional de Estadística y el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, han suscrito un Convenio para adopción de protocolos de utilización de la aplicación IRIA.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.