El Secretario General de Administración Digital y el Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional han suscrito un Convenio para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la aplicación de nómina estándar de la Administración General del Estado NEDAES.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.
La Secretaria de Estado de Turismo y el Presidente del Instituto de Crédito Oficial han suscrito un Convenio para la concesión de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea «ICO Empresas y Emprendedores».
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.
El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas y permite, en su apartado 3, establecer reglamentariamente la obligación de relacionarse con la Administración, de forma exclusiva, a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
La Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, establece que la evaluación de la aptitud profesional, que culmina el proceso de capacitación profesional, tiene por objeto acreditar, de modo objetivo, la formación práctica suficiente para el ejercicio de las citadas profesiones. Ello determina la exigencia de que quienes ejerzan la Abogacía y la Procura reúnan las habilidades necesarias para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de su actividad profesional, entre las que se encuentra la obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tal y como se infiere del artículo 14.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 17 de diciembre de 2019.- Directora, Rocio Rodríguez Prieto.
Madrid, 20 de diciembre de 2019.- Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Rebeca Palomo Díaz.