Madrid, 21 de marzo de 2024.- Subdirector General de la Oficina Presupuestaria y de Gestión Económica, Roberto Martínez Orio.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, según la redacción que le confiere la disposición final sexta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, y visto el expediente personal del notario de Barcelona, don Enrique Viola Tarragona, del cual resulta que el día 28 de abril de 2024 cumple los 72 años de edad, edad en que legalmente procede su jubilación tras habérsele concedido la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumpla como máximo setenta y dos años de edad.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 h) del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario, debiendo producirse el cese efectivo en el cargo el día 28 de abril de 2024, fecha en la que cumple la edad de 72 años, conforme a la nueva redacción del mencionado apartado 1 del artículo primero de la Ley 29/1983.
El artículo 7.7 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, establece que reglamentariamente se regulará el procedimiento de convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de la Abogacía.
El artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, afirma que es competencia de los Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de la Abogacía.
En el recurso interpuesto por don M. P. B., en nombre y representación de la mercantil «Construcciones Peber, SLU», contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Ontinyent, doña Cristina Carbonell Llorens, por la que se suspende la inscripción de una escritura de segregación y extinción de comunidad.
Hechos
En el recurso interpuesto por doña M. D. C. P. contra la negativa del registrador de la Propiedad de Armilla, don Enrique Martínez Senabre, a inscribir una escritura de adjudicación de legado.
Hechos