Conforme a lo dispuesto en el art. 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
El acto de la subasta pública tendrá lugar el día 30 de julio de 2018, a las 10:00 horas, en la sede de la Secretaría General del FOGASA, sita en la C/ Sagasta, 10 (28004-Madrid).
Los dos Sobres se presentarán, cerrados y separados, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, o del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), en el supuesto de que su publicación sea posterior a ésta.
Vistas las tablas salariales para los años 2017 y 2018 del VI Convenio colectivo del grupo de empresas Generali España –Generali España, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros; Grupo Generali España A.I.E.; Gensegur, Agencia de Seguros del grupo Generali, Sociedad Anónima; Generali España Holding de Entidades de Seguros, Sociedad Anónima Unipersonal; Hermes, Sociedad Limitada de Servicios Inmobiliarios y Generales y Vitalicio Torre Cerdá, Sociedad Limitada (código de convenio: 90014213012002)–, publicado en el «BOE» de 17 de julio de 2017, tablas que fueron suscritas, con fecha 26 de marzo de 2018, de una parte por los designados por la dirección de dicho grupo de empresas, en representación de las mismas, y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO. y UGT en el grupo Generali, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo, resuelve:
Primero.
Palma de Mallorca, 13 de abril de 2018.- Director General, P.D., el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears (Resolución 12-06-2012. BOE nº 154), P.D., la Secretaria Provincial (Resolución 7-02-2018).
El Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario de créditos para inversiones de las Administraciones públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas. Entre las actuaciones incluidas en este real decreto se encuentra la concesión de subvenciones a las corporaciones locales para la contratación temporal de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en proyectos de garantía de rentas o de generación de empleo estable. La concesión de estas subvenciones se efectúa de acuerdo con lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.
La citada Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, prevé, en su artículo 4.1.e) que las obras o servicios a realizar se puedan ejecutar en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, en cuyo caso podrán ser aprobadas las obras y servicios siempre que puedan quedar finalizadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio presupuestario siguiente.