Advertido error en la Resolución de 4 de abril de 2018, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de abril de 2018, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 40805, en la base segunda. Valoración de méritos, en el apartado 1.2, Valoración del trabajo desarrollado, donde dice: «Teniendo en cuenta el nivel de complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo desempeñados durante los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se valorará el tiempo de permanencia en los puestos de trabajo con nivel de complemento de destino más favorable para el puesto solicitado de la siguiente forma: …», debe decir: «Teniendo en cuenta el nivel de complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo desempeñados durante los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se valorará de la siguiente forma: …».
Badajoz, 30 de mayo de 2018.- Directora Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Badajoz
Gijón, 15 de mayo de 2018.- Directora Provincial
Ciudad Real, 29 de mayo de 2018.- Director Provincial
Por Resolución de 15 de febrero de 2018 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de marzo), se anunció para su cobertura por el procedimiento de libre designación, un puesto de trabajo en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en relación con el artículo 56 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento por parte de la candidata elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, ser idónea para el desempeño del puesto que se le asigna, y ostentar la capacidad y competencias personales y profesionales, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo del que depende el puesto de trabajo convocado.