Entre las funciones y competencias que la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, atribuye al Instituto Social de la Marina, se encuentra la formación profesional de los trabajadores del mar.
En relación con esta materia, tanto la Organización Internacional del Trabajo como la Unión Europea han mostrado, a través de recomendaciones, convenios y directivas, su preocupación y han resaltado la importancia que la formación profesional de los trabajadores del mar reviste, toda vez que constituye un medio evidente para su perfeccionamiento profesional y humano.
Por Resolución de la Subsecretaría de 11 de diciembre de 2017 (BOE de 18 de diciembre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Social de la Marina.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base quinta de la citada Resolución,
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, en su artículo 15, apartado 3, establece la posibilidad de que el Departamento que convoque pruebas selectivas para el ingreso en alguno de los Cuerpos adscritos al mismo, podrá aprobar, con informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, el programa aplicable a sucesivas convocatorias.
El programa aprobado mediante Orden ESS/1007/2016, de 20 de junio («BOE» del 23 de junio), requiere la actualización necesaria derivada de la publicación de nuevas normas.
La base séptima, punto 1, de la Resolución de 20 de octubre de 2017 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre), por la que se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social, establece que dicha convocatoria se resolverá por Resolución de esta Subsecretaría en un plazo no superior a seis meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.
Concurriendo las circunstancias previstas en el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se considera necesaria la ampliación del plazo inicialmente previsto para la resolución de dicho concurso.
Vacantes puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Gerencia de Informática de la Seguridad Social) de Letrado-Jefe de Servicio Jurídico y Letrado, dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso específico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.1 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Todos estos puestos se encuentran integrados en el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, servicio común que depende de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
Asimismo se tendrán en consideración los principios establecidos en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 26 de noviembre de 2015, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado.