Ministerio de Educación

Resolución de 15 de abril de 2009, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publican los beneficiarios de becas y ayudas al estudio de carácter general para alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios en el curso 2008-2009.

Por Resolución de 31 de marzo de 2009 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación se concedieron las becas y ayudas al estudio de carácter general para alumnos de niveles postobligatorios no universitarios convocadas por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación de 2 de junio de 2008 (B.O.E. de 19 de junio).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.c) del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 46 de la citada convocatoria,

Resolución de 21 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la realización de la evaluación de diagnóstico de las competencias básicas en educación primaria y en educación secundaria obligatoria para el curso 2008-2009.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en sus artículos 21 y 29, la realización de evaluaciones de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado al finalizar el segundo ciclo de educación primaria y al finalizar el segundo curso de educación secundaria obligatoria, respectivamente, indicando que todos los centros realizarán dicha evaluación de diagnóstico que tendrá carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Estas evaluaciones tendrán como marco de referencia las evaluaciones generales de diagnóstico que se establecen en el artículo 144.1 de la citada Ley y deberán servir de base para la identificación de acciones de mejora en los procesos educativos y su organización mediante la aportación de datos contrastados a las familias, a los centros y a la propia Administración educativa. A su vez, deberán servir para trasladar a toda la comunidad educativa información transparente acerca de los resultados que se alcanzan con los medios y recursos que la sociedad pone a disposición de los centros para la consecución de los principios y fines que inspiran y orientan el sistema educativo español, sin que, en ningún caso, los resultados de estas evaluaciones puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones entre los centros docentes.

Orden EDU/1065/2009, de 20 de abril, por la que a propuesta de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 16 de abril de 2007.

Por Orden de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias (Boletín Oficial de Canarias de 26 de abril), se convocan y publican procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Maestros.

Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Orden de 6 de octubre de 2008 (BOC de 28 de octubre), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados nombrados funcionarios en prácticas por Ordenes de 29 de enero de 2008 (BOC de 5 de febrero) y de 11 de abril de 2008 (BOC de 15 de mayo).

Orden EDU/1036/2009, de 24 de abril, por la que se convocan plazas de profesores de Enseñanza Secundaria en Secciones Bilingües de Español en centros educativos de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía, Rusia y China para el curso 2009-2010.

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (B.O.E. de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, de los Convenios de Cooperación Cultural, Educativa y Científica, y de los Acuerdos sobre creación y funcionamiento de Secciones Bilingües de Español vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania, Rusia y China, por otra, las autoridades educativas de los citados países ofrecen plazas docentes a licenciados españoles, que serán contratados como profesores para impartir enseñanzas de distintas áreas de la enseñanza reglada no universitaria en español, en las citadas Secciones Bilingües de centros educativos de los países citados para el curso académico 2009-2010.

Para los centros mencionados, los profesores españoles ofrecen la posibilidad de cubrir las necesidades de profesorado que pueda impartir Lengua y Cultura españolas, y otras áreas en español, y de mejorar la calidad de su enseñanza.

Orden EDU/1037/2009, de 20 de abril, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en institutos de enseñanza secundaria y centros de formación profesional de la República Federal de Alemania, para el curso 2009-2010.

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (BOE de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, y de los Convenios suscritos entre el Ministerio de Educación y diversos estados de la República Federal de Alemania, las administraciones educativas de dichos Estados ofrecen plazas docentes a licenciados españoles en Filología en centros públicos alemanes de Enseñanza Secundaria y Formación Profesional.

Para los centros mencionados, los profesores visitantes ofrecen un enriquecimiento de la calidad de la enseñanza del español y la posibilidad de responder a la creciente demanda de profesorado que puedan impartirlo.