En atención a los méritos y circunstancias que concurren en la Fundación Residencia de Estudiantes, a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de diciembre de 2018,
Vengo en concederle la Corbata de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.
Madrid, 21 de diciembre de 2018.- Subdirectora General de Gestión Económica y Asuntos Generales.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, indica en el artículo 46.1 que el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales será definido por el procedimiento establecido en el apartado 3 del artículo 6 bis de esta Ley Orgánica, según el cual corresponde al Gobierno fijar los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación del currículo básico de las enseñanzas artísticas profesionales, correspondiendo a las Administraciones educativas y a los centros docentes desarrollar y complementar este currículo básico.
El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, establece en el artículo 13 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán el currículo de cada título según las previsiones recogidas en él y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en las normas que regulen los correspondientes títulos.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, indica en el artículo 46.1 que el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales será definido por el procedimiento establecido en el apartado 3 del artículo 6 bis de esta Ley Orgánica, según el cual corresponde al Gobierno fijar los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación del currículo básico de las enseñanzas artísticas profesionales, correspondiendo a las Administraciones educativas y a los centros docentes desarrollar y complementar este currículo básico.
El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, establece en el artículo 13 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán el currículo de cada título según las previsiones recogidas en él y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en las normas que regulen los correspondientes títulos.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 954/1988, de 2 de septiembre («BOE» del 8), y en atención a los méritos y circunstancias que en ellas concurren,
Este Ministerio ha dispuesto conceder el ingreso en la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, con la categoría de Encomienda con Placa a las personas que a continuación se relacionan: