Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/2294/2010, de 19 de agosto, por la que se concede la subrogación de la condición de Titular de Cuenta y de Entidad Gestora con Capacidad Plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones a la sociedad, Caixa d’Estalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell i Terrassa.

Se ha realizado la fusión entre Caixa d’Estalvis Comarcal de Manlleu, Caixa d’Estalvis de Sabadell, Caixa d’Estalvis de Terrassa y se solicita la subrogación de la categoría de Titular de Cuenta y Entidad Gestora de Capacidad Plena para la nueva sociedad Caixa d’Estalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell i Terrassa.

La solicitud cuenta con el informe favorable de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para acceder a la condición de Titular de Cuenta a nombre propio y a la condición de Entidad Gestora de capacidad plena en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones así como del Banco de España para la concesión de la subrogación

Corrección de errores en la Orden EHA/2261/2010, de 4 de agosto, por la que se retira la condición de Titular de Cuenta del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones a Bank of America.

Advertidos errores en el texto de la Orden EHA/2261/2010, de 4 de agosto, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 205, de fecha 24 de agosto de 2010, página 73998 y número de orden de publicación 13378 se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En el sumario, donde dice: «… BANK OF AMERICA S. A.», debe decir: «BANK OF AMERICA».

Resolución de 23 de agosto de 2010, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se publica el resultado de los sorteos del Abono de Lotería Primitiva (Bono-Loto) celebrados los días 16, 17, 18 y 20 de agosto y se anuncia la fecha de celebración de los próximos sorteos.

En los sorteos del Abono de Lotería Primitiva (Bono-Loto) celebrados los días 16, 17, 18 y 20 de agosto se han obtenido los siguientes resultados:

Día 16 de agosto:

Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, por la que se dictan normas e instrucciones técnicas para la formación del censo electoral de residentes en España que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales.

El artículo 176.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece en su primer párrafo que «Sin perjuicio de lo regulado en el título I, capítulo I de esta Ley, gozan del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones, en los términos de un tratado».

El Real Decreto 202/1995, de 10 de febrero, por el que se dispone la formación del censo electoral de extranjeros residentes en España para las elecciones municipales, en su parte expositiva hace referencia a los Acuerdos entre España y otros países en ese momento vigentes y en su artículo 2.3 dispone que la Oficina del Censo Electoral realizará una campaña informativa para dar a conocer a la población afectada la formación de ese censo y el procedimiento de inscripción en el mismo.

Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Orden EHA/_/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Las entidades Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A. (Cesmar) y Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija (Mutuapesca), han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión global del activo y pasivo de Cesmar como sociedad cedente, en favor del único accionista de la misma, Mutuapesca, como sociedad cesionaria, con extinción por disolución sin liquidación de la cedente, y transmisión en bloque de todo su patrimonio por sucesión universal a la cesionaria.