Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 b) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 9 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de Puestos de Trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España, este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en la primera, segunda y tercera parte del anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1b) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 9 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de Puestos de Trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España, este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 b) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 9 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de Puestos de Trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España, este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:
La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.
Por Resolución de la Subsecretaría de 27 de diciembre de 2022 («Boletín Oficial del Estado» del 30), modificada por Resolución del 23 de febrero de 2023 (BOE del 28), se convocó proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, por concurso, como personal laboral fijo, en el marco de estabilización de empleo temporal en el grupo profesional E1, especialidad servicios administrativos en el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (suprimido).
Vista la propuesta del Tribunal Calificador según lo establecido en la base 8.1 de la citada convocatoria y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 28.1 del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado,