Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Las mascarillas no consideradas como productos sanitarios ni Equipos de Protección Individual (EPI) son un tipo de producto que ya estaba presente en el mercado antes de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y que tenía diferentes usos o destinos como, por ejemplo, el de higiene en el sector de alimentación y hostelería, la reducción de exposición de personas alérgicas a determinadas partículas, o simplemente por motivos de higiene para el acceso a determinadas zonas industriales.
Desde la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, se adoptaron un conjunto de actuaciones imprescindibles para hacer frente a la situación de emergencia de salud pública ocasionada por esta enfermedad. Algunas de estas actuaciones han estado dirigidas a la prevención de contagios por parte de la población frente al SARS-CoV-2. En este contexto, las mascarillas en su conjunto adquirieron un especial protagonismo como elemento complementario a dichas medidas.
El Ministerio de Consumo, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores han suscrito, con fecha 25 de enero de 2021, un Convenio para el desarrollo del Plan de Educación Financiera, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de enero de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael Escudero Alday.
La Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Región de Murcia, País Vasco, Comunidad de Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra y Comunitat Valenciana y las Ciudades de Ceuta y Melilla, organizan el concurso escolar 2020-2021 Consumópolis16: Cuida tu planeta con un consumo + responsable ¿te atreves?dirigido a escolares matriculados en los cursos quinto y sexto de Educación Primaria, en Educación Secundaria Obligatoria y Formación profesional Básica.
El Concurso Escolar sobre Consumo responsable presenta como objetivo sensibilizar a los escolares de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable. Esta edición del concurso escolar 2020-2021 es la decimosexta, y presenta la siguiente denominación Consumópolis16.
Madrid, 7 de enero de 2021.- Directora Ejecutiva de AESAN, Marta Natividad García Pérez.