Recibido el requerimiento de la Audiencia Nacional a que hace referencia el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación al recurso contencioso-administrativo número 1299/2020, interpuesto por el Club de Fútbol SAD Villaverde San Andrés, contra la inactividad de la Secretaría General de Consumo y Juego por lo que respecta al desarrollo reglamentario del retorno al deporte de parte de las cantidades procedentes de la recaudación obtenida en apuestas deportivas, esta Secretaría General Técnica ha resuelto emplazar, para que comparezcan ante la referida Audiencia, en el plazo de nueve días contados desde el siguiente al de la publicación oficial de la presente Resolución, a todas las personas interesadas en el procedimiento, si a su derecho conviniera.
Madrid, 2 de marzo de 2021.–La Secretaria General Técnica, María Ángeles Ezquerra Plasencia.
Advertido error en la publicación de la Resolución de 19 de febrero de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de 26 de febrero de 2021, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 23830, en el Departamento emisor, donde dice «… MINISTERIO DE SANIDAD», debe decir «… MINISTERIO DE CONSUMO».
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5.b) de la Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y 14.2 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto, previo informe del Consejo de Dirección de dicha Agencia, a propuesta del Ministro de Consumo, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 febrero de 2021, ha adoptado un Acuerdo por el que nombra Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición a doña Isabel Peña-Rey Lorenzo.
Para general conocimiento se procede a su publicación como anexo a la presente Resolución.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5.b) de la Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y 14.2 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto, previo informe del Consejo de Dirección de dicha Agencia, a propuesta del Ministro de Consumo, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 febrero de 2021, ha adoptado un Acuerdo por el que nombra Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición a doña Isabel Peña-Rey Lorenzo.
Para general conocimiento se procede a su publicación como anexo a la presente Resolución.
A propuesta del Ministro de Consumo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 2021,
Vengo en disponer el cese de doña Marta Natividad García Pérez como Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, agradeciéndole los servicios prestados.