Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital es responsable de llevar a cabo las actuaciones dirigidas a extender la cobertura de las redes ultrarrápidas contempladas en la Agenda Digital para España, aprobada por el Consejo de Ministros del 15 de febrero de 2013 y desarrollada posteriormente en el Plan de Telecomunicaciones y Redes Ultrarrápidas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a quien corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones.

Estas actuaciones enlazan con las contempladas en el Plan para el despliegue de infraestructuras digitales previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance científico y tecnológico, que incluye el despliegue de redes de banda ancha de velocidad ultra rápida para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad, avanzando así en la consecución de los objetivos establecidos por la Comisión Europea en el documento «La conectividad para un mercado único digital competitivo – hacia una sociedad europea del Gigabit», COM(2016) 587 final, de cobertura universal de la banda ancha a velocidades de más 100 megabits por segundo (Mbps).

Resolución de 10 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de abril de 2020, ha adoptado un Acuerdo, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.

A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril de 2020, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.

Resolución de 9 de abril de 2020, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de abril de 2020 y se convocan las correspondientes subastas.

La Orden ETD/9/2020, de 16 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2020 y enero de 2021, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2020 y el mes de enero de 2021 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2019. Dicho calendario se publicó por Resolución de 22 de enero de 2020 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2020 y el mes de enero de 2021.

Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la aprobación por la autoridad de supervisión de Francia de la fusión por absorción de AXA Corporate Solutions Assurance y AXA Corporate Solutions Assurances por XL Insurance Company SE.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, que establece como objetivo la protección de los asegurados, y de conformidad con el artículo 102.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, se pone en conocimiento del público en general, y de los asegurados en particular, que la autoridad de supervisión de Francia [Autorité de Controle Prudentiel et de Résolution (ACPR)] ha comunicado la aprobación, con fecha 31 de diciembre de 2019, de la fusión por absorción de las entidades domiciliadas en Francia, AXA Corporate Solutions Assurance que actúa en España en régimen de libre prestación de servicios con clave administrativa L0174 del registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y AXA Corporate Solutions Assurances que actúa en España en régimen de derecho de establecimiento con clave administrativa E0147 del registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la entidad domiciliada en Irlanda, XL Insurance Company SE, que actúa en España en régimen de derecho de establecimiento con clave administrativa E0134 del registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Se advierte que, en el caso de los contratos de seguro por los que se asuman compromisos o riesgos localizados en España, los tomadores podrán ejercer el derecho de resolución de los mismos en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho asimismo al reembolso de la parte de prima no consumida.

Resolución de 13 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la aprobación por la autoridad de supervisión de Alemania de la fusión por absorción de AXA Art Versicherung AG por XL Insurance Company SE.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, que establece como objetivo la protección de los asegurados, y de conformidad con el artículo 102.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, se pone en conocimiento del público en general, y de los asegurados en particular, que la autoridad de supervisión de Alemania [Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht (BaFin)] ha comunicado la aprobación, con fecha 31 de diciembre de 2019, de la fusión por absorción de la entidad domiciliada en Alemania, AXA Art Versicherung AG que actúa en España en régimen de libre prestación de servicios, así como en régimen de derecho de establecimiento, con denominación registrada AXA Art Versicherung AG, sucursal en España, por parte de la entidad domiciliada en Irlanda, XL Insurance Company SE que actúa en España en régimen de derecho de establecimiento, con denominación registrada XL Insurance Company SE, sucursal en España.

Se advierte que, en el caso de los contratos de seguro por los que se asuman compromisos o riesgos localizados en España, los tomadores podrán ejercer el derecho de resolución de los mismos en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho asimismo al reembolso de la parte de prima no consumida.