Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 31 de enero de 2012.–La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica el segundo Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del segundo Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la Consejería de Medio Rural, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 31 de enero de 2012.–La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

Orden AAA/277/2012, de 17 de febrero, por la que se extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de la caballa, en las Comunidades Autónomas de Galicia, Principado de Asturias, Cantabria y País Vasco.

El artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, dispone que en caso de que una organización de productores o asociación de organizaciones de productores, que sea considerada representativa de la producción y comercialización en uno o varios lugares de desembarque y de que lo solicite a las autoridades competentes del Estado miembro, éste podrá decidir hacer obligatorias para los no miembros de dicha organización las normas de producción y comercialización decididas por la organización siempre que éstas respondan a los objetivos de garantizar el ejercicio racional de la pesca y mejorar las condiciones de venta de su producción.

Por su parte, el Reglamento (CE) n.º 696/2008, de la Comisión, de 23 de julio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 104/2000, en lo relativo a los no miembros de determinadas normas adoptadas por organizaciones de productores del sector de la pesca, profundiza en los requisitos y procedimiento por el que la extensión de normas de las organizaciones de productores a los no miembros debe ser realizada.

Orden AAA/251/2012, de 9 de febrero, por la que se modifican el Anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, el Anexo del Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura y el Anexo III del Real Decreto 841/2011, de 17 de junio, por el que se establecen las condiciones básicas de recogida, almacenamiento, distribución y comercialización de material genético de las especies bovina, ovina, caprina y porcina y de los équidos.

El Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, tiene por objeto establecer las normas básicas y de coordinación de dicho Programa nacional y la regulación de la normativa zootécnica de los animales de raza y équidos registrados.

Dicha disposición incorpora en su anexo I el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.

Orden AAA/249/2012, de 30 de enero, por el que se dispone el cese de don Carlos Cabanas Godino como Subdirector General de Recursos Marinos y Acuicultura.

En uso de las facultades conferidas y previas las actuaciones reglamentarias oportunas, dispongo el cese discrecional en puesto de trabajo de libre designación, con efectos de 28 de enero de 2012, de don Carlos Cabanas Godino, funcionario perteneciente al Cuerpo Nacional Veterinario, NRP: 0081456313 A0102, como Subdirector General de Recursos Marinos y Acuicultura, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 30 de enero de 2012.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden ARM/939/2011, de 13 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.