La experiencia habida durante estos años sobre la necesidad de conciliar los medios personales de que dispone la Junta Electoral Central con las diferencias que se producen en la actividad de dicha Junta según esté o no un proceso electoral o de referéndum convocado, hacen aconsejable adoptar un acuerdo de carácter general sobre el horario del Registro de la Junta Electoral Central.
Por tal motivo, la Junta Electoral Central, en su reunión celebrada el día 21 de diciembre de 2005, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º El horario del Registro de la Junta Electoral Central cuando no esté convocado un proceso electoral o de referéndum de ámbito nacional será de 9,30 a 14,30 horas, de lunes a viernes.
Habiéndose acreditado una vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Berango correspondiente a la candidatura del Partido Popular, y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don José Manuel Méndez Mendoza.
En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de dicha persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central.
Habiéndose acreditado una vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Berango correspondiente a la candidatura del Partido Popular, y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don José Manuel Méndez Mendoza.
En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de dicha persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central.
Habiéndose acreditado vacantes de concejal del Ayuntamiento de Llanes correspondientes a la candidatura del Partido Popular, y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir las referidas vacantes, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a doña Emilia Asunción Rodrigo Fernández, doña Ana María Gutiérrez Buergo y don José Antonio Rodríguez Rugarcía.
En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de dichas personas propuestas, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central.
Habiéndose acreditado vacantes de concejal del Ayuntamiento de Llanes correspondientes a la candidatura del Partido Popular, y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir las referidas vacantes, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a doña Emilia Asunción Rodrigo Fernández, doña Ana María Gutiérrez Buergo y don José Antonio Rodríguez Rugarcía.
En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de dichas personas propuestas, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central.