De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto Ley 6/2005, de 4 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados en el sector agrario por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005, a los daños ocasionados por las heladas acaecidas en los meses de febrero y marzo de 2005, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de 12 de abril de 2005.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2005.-El Presidente del Congreso de los Diputados.
MARÍN GONZÁLEZ
En uso de las atribuciones que nos confiere el artículo 11.b) del Estatuto del Personal de las Cortes Generales y a propuesta del Tribunal que ha juzgado la oposición convocada el día 29 de abril de 2003, nombramos funcionarios del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales a los opositores que a continuación y por el orden de puntuación obtenida se relacionan:
1. D.ª María del Carmen Gutiérrez Alonso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 62, de 14 de marzo de 2005.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto Ley 4/2005, de 11 de marzo, por el que se concede un plazo extraordinario de solicitud de ayudas para las víctimas del terrorismo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 61, de 12 de marzo de 2005.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 22 de febrero de 2005, a la vista del informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), y de sus Sociedades Mercantiles participadas (ejercicios 1995-1999), acuerda:
Instar al Ayuntamiento de Estepona (Málaga) a dar estricto cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la forma más eficaz e inmediata posible.