Consejo de Seguridad Nuclear

Resolución de 12 de septiembre de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, Se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de personal funcionario del Consejo de Seguridad Nuclear que se relaciona en el anexo I a la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Resolución de 29 de junio de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se crea un Registro Telemático.

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias. El Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, aborda el desarrollo del artículo 45 de la citada Ley 30/1992, con la pretensión de delimitar en el ámbito de la Administración General del Estado, las garantías, requisitos y supuestos de utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas. Por otro lado, el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen y funcionamiento de las oficinas de Registro. Para desarrollar todo lo anterior, y con el objetivo de acercar la Administración al ciudadano e impulsar el desarrollo de la Sociedad de la Información, el Consejo de Seguridad Nuclear ha desarrollado las aplicaciones y los sistemas de información necesarios para que los interesados puedan relacionarse con este Organismo de forma segura utilizando técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas. Ello implica la presentación y tramitación de procedimientos telemáticamente y mediante soporte informático, prescindiendo del papel. Por otro lado, la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones requiere la creación de un Registro Telemático que se ocupe de la recepción y remisión de los mismos. Por su parte, el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, incorpora al Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, un capítulo IV por el que se regulan las notificaciones telemáticas, y un capítulo V por el que se regulan los certificados telemáticos y las transmisiones de datos. Además incorpora un capítulo VI al Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regulan los registros telemáticos y establece el contenido mínimo que deben contener las disposiciones de creación de los mismos. La presente Resolución acomete la regulación de los criterios generales que deben inspirar la presentación telemática, con firma electrónica avanzada, de escritos, solicitudes y comunicaciones, la determinación de los procedimientos a los que resulta de aplicación, así como la creación de un Registro Telemático encargado de la recepción y tramitación de dichos escritos y solicitudes, todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, el artículo 45 de la Ley 30/1992 y los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, 772/1999, de 7 de mayo, y 209/2003, de 21 de febrero. En consecuencia, el Consejo de Seguridad Nuclear acuerda:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.-La presente Resolución tiene por objeto la determinación de las reglas y criterios que han de observarse para la presentación telemática de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se presenten ante el Consejo de Seguridad Nuclear relacionados con los procedimientos y actuaciones especificados en el anexo I, así como la creación y regulación del régimen de funcionamiento del Registro Telemático encargado de la recepción de dichos escritos, comunicaciones y solicitudes.

Resolución de 12 de agosto de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por promoción interna en la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Esta Presidencia, de conformidad con el Consejo, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 34.9 del Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, aprobado por Real Decreto 1157/1982, de 30 de abril (BOE de 7 de junio), previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, en la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Resolución de 27 de julio de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se aprueba la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para proveer una plaza de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en la categoría de Titulado Medio Sanitario y Asistencial, grupo profesional 2.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas para proveer una plaza de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en la categoría de Titulado Medio Sanitario y Asistencial, Grupo profesional 2, convocadas por Resolución del Consejo de Seguridad Nuclear de 28 de junio de 2005 (Boletín Oficial del Estado de 30 de junio), Esta Presidencia ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Aprobar la lista de admitidos que se encuentra publicada en la sede del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, Madrid; en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Corrección de errores de la Instrucción IS/02, revisión 1, de 21 de julio de 2004, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre documentación sobre actividades de recarga en centrales nucleares de agua ligera.

Advertidos errores en la Instrucción de 1 septiembre de 2004, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre documentación sobre actividades de recarga en centrales nucleares de agua ligera, publicada en el BOE de 16 de septiembre de 2004, se efectúa la oportuna rectificación:

En la página 31369, donde dice: «Primero. Ámbito de aplicación.-La presente Instrucción será de aplicación a los titulares de las centrales nucleares de agua a presión (PWR) y de agua en ebullición (BWR), salvo que se indique el tipo específico al que aplica.