La Universidad Jaume I de Castellón ha solicitado la aprobación de la propuesta de Estatutos, aprobada por el Claustro de la Universidad en su sesión de 16 de mayo de 2003, cumpliendo lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La solicitud ha sido tramitada de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, habiéndose efectuado el previo control de legalidad. Por Acuerdo de 17 de octubre de 2003, del Consell de la Generalitat, se formularon diversos reparos de legalidad a la propuesta.
El Claustro de la Universidad Jaume I de Castellón, en sesión de 10 de noviembre de 2003 ha aprobado una nueva propuesta de Estatutos.
Por todo ello, a propuesta del Conseller de Cultura, Educación y Deporte, oído el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 19 de diciembre de 2003, decreto:
Artículo único.
La Universidad Politécnica de Valencia ha solicitado la aprobación de la propuesta de Estatutos, aprobada por el Claustro de la Universidad en su reunión de 2 de julio de 2003, cumpliendo lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La solicitud ha sido tramitada de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, habiéndose efectuado el previo control de legalidad. Por Acuerdo de fecha 7 de noviembre de 2003, del Consell de la Generalitat, se formularon diversos reparos de legalidad.
El Claustro de la Universidad Politécnica de Valencia, en la reunión de fecha 9 de diciembre de 2003 ha aprobado una nueva propuesta de Estatutos.
Por todo ello, a propuesta del Conseller de Cultura, Educación y Deporte, oído el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 19 de diciembre de 2003, dispongo:
Artículo único.
Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 8 de Valencia, D.ª Encarna Cava García, ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado n.º 515/04, contra la Resolución de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana, de fecha 14 de junio de 2004, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 3 de noviembre de 2003, por el que se ofertaban plazas vacantes y de nueva creación de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la Administración de Justicia en la Comunidad Valenciana.
En consecuencia, esta Dirección General de Justicia ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, para que puedan comparecer ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días.
Advertido error en la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 38, de 14 de febrero de 2005, se procede a su rectificación:
En la página 5146, artículo 104, donde dice:
«Disposición adicional doce.
El personal tendrá derecho a...»,
Advertido error en la Ley 14/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2005, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 38, de 14 de febrero de 2005, se procede a su rectificación:
En la página 5180, artículo 40, donde dice: «Con efectos a partir del día 1 de enero de 2004», debe decir: «Con efectos a partir del día 1 de enero de 2005».