Comunidad Valenciana

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo, de la Consejería de Empresa, Universidad y Ciencia, por la que se procede a la aprobación de modelo de un Sonómetro Integrador-Promediador (clase 1 – tipo 1), modelo «HD 9020», marca «Delta Ohm», a favor de la entidad «H. V. Ingenieros, S. L.».

Vista la petición realizada por don José Vicente Hernández Lozano, con documento nacional de identidad número 74.147.718L, actuando en representación de la entidad «H. V. Ingenieros, Sociedad Limitada», sita en la «Plaza Poeta Sansano, 6», «03300 Orihuela (Alicante)», con número de inscripción en el Registro de Control Metrológico «09-I-010», por la que solicita la Aprobación de Modelo de un Sonómetro Integrador-Promediador, modelo «HD 9020», marca «DELTA OHM», fabricado por «DELTA OHM SRL», sita en «Via G. Marconi, 5», «35030 Caselle di Selvazzano, Padua (Italia)». Vista la autorización emitida por Don Pietro Masut, en calidad de Representante legal de la empresa Delta Ohm SRL, con sede en Caselle di Selvazzano, Padua, Italia, a la firma española H.V. Ingenieros, S.L., para solicitar la aprobación en España del sonómetro modelo HD9020 y del calibrador HD9101, ambos productos de su propia fabricación. Vista la traducción jurada relativa al certificado de inscripción con número 68037/1998-Padova, en la sección ordinaria con fecha 09-03-1998, de la oficina del Registro Mercantil de la Cámara de Comercio, Industria, Artesanado y Agricultura de Padova, de la empresa Delta Ohm S.R.L., inscrita con el número de Repertorio Económico Administrativo (REA) 306030. Visto el Informe de Examen expediente número 3010589, de fecha 25 de febrero de 2005, emitido por el Laboratorio General de Ensayos e investigaciones «LGAI» de Cataluña, referente a un sonómetro integrador-promediador, modelo «HD9020», marca «Delta Ohm», fabricado por «Delta Ohm SRL», sita en «Via G. Marconi, 5», «35030 Caselle di Selvazzano, PD (ITALIA)», números de serie «0407030127, 0407030128 y 0407030129». Vista la memoria técnica para la aprobación del modelo de un sonómetro Delta Ohm HD 9020, redactada Don José Vicente Hernández Lozano, colegiado número 808 (C.O.P.I.T.I.) y con visado número 1857 de fecha 10-02-04 por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante. Considerando la Ley 3/1985, de 18 de marzo de metrología, el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, que la modifica y establece el Control Metrológico CEE y el Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE. Considerando el Real Decreto 1616/1985, referente al control del Estado sobre metrología, por el que se desarrollan las fases de Aprobación de Modelo y Verificación Primitiva. Considerando la Orden de 16 de diciembre de 1998 del Ministerio de Fomento por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible. Considerando el Decreto 149/1998, de 22 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se asignan las funciones de control metrológico y se establecen las condiciones de su ejercicio. Resultando que dicha entidad ha presentado la documentación exigida en la normativa antes citada. Esta Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.-Conceder la Aprobación de Modelo a favor de la entidad «H.V. Ingenieros, Sociedad Limitada» del sonómetro integrador-promediador, modelo «HD 9020», marca «Delta Ohm», fabricado por «Delta Ohm SRL», sita en «Via G. Marconi, 5», «35030 Caselle di Selvazzano, Padua (Italia)».

Resolución de 30 de marzo de 2005, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural inmaterial, a favor del Tribunal de las Aguas de Valencia.

Visto el informe emitido por el Servicio de Patrimonio Arqueológico, Etnológico e Histórico favorable a la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, a favor del Tribunal de las Aguas de Valencia. Considerando lo que dispone el artículo 27 de la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, ha resuelto:

Primero.-Incoar expediente de declaración como Bien de Interés Cultural Inmaterial, a favor del Tribunal de las Aguas de Valencia.

Resolución de 27 de abril de 2005, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se adjudican destinos a los médicos forenses que han superado las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 27 de mayo de 2003.

Visto el expediente instruido para la provisión de destinos por los Médicos Forenses aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 27 de mayo de 2003 (B.O.E. 5-6-03), y de conformidad con el artículo 488 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Esta Dirección General de Justicia ha resuelto:

Primero.-Nombrar para los destinos que se indican a los Médicos Forenses que en Anexo se relacionan.

Decreto 66/2005, de 1 de abril, por el que se declara bien de interés cultural la Colección Arqueológica del Tesoro de Villena.

Mediante Resolución de 7 de enero de 2003, de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consellería de Cultura y Educación, se procedió a la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Colección Arqueológica del Tesoro de Villena, resolución que se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm.4450, de 28 de febrero de 2003 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 49, de 26 de febrero de 2003. De acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 27 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano, se solicitaron informes a dos organismos consultivos, informes de los que ha sido emitido expresamente en sentido favorable el de la Universidad de Valencia, que se emitió en fecha 14 de marzo de 2003, y no habiéndose emitido el informe solicitado a la Universidad de Alicante, se debe considerar que éste es favorable al haber transcurrido el plazo previsto para su emisión de conformidad con el precepto citado. Cumplimentados el resto de trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento con la declaración de Bien de Interés Cultural, declaración que, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano, en la redacción dada por la Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat, se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta del Conseller competente en materia de cultura. En virtud de lo expuesto, y visto el artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, a propuesta del Conseller de Cultura, Educación y Deporte, previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 1 de abril de 2005, decreto:

Artículo 1.

Resolución de 26 de abril de 2005, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se convocan a concurso de traslado plazas de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y estando prevista la entrada en funcionamiento el 29 de junio de 2005, de determinadas unidades judiciales en materia de violencia sobre la mujer, y con la finalidad de dotar a dichos órganos de los medios personales necesarios, procede la convocatoria en concurso de traslados de puestos de trabajo en la Administración de Justicia, de nueva creación, relativos a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, dotados presupuestariamente, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título IV del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero. Por todo ello, la Dirección General de Justicia ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos que se relacionan en Anexo I con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Puestos que se pueden solicitar. 1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de puestos de trabajo de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, los funcionarios pertenecientes a dichos Cuerpos, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado el período de suspensión, siempre que reúnan las condiciones para concursar según lo establecido en el art. 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.