Antecedentes de hecho
Primero.-Por Resolución de 8 de junio de 2004, de la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, de la Consejería de Economía y Empleo, se resolvió conceder la aprobación de modelo del instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca «Histron», modelo ANOI-5, a la empresa «Fabricados Histron, S. L».
Segundo.-Con fecha 14 de abril de 2005, se presentó solicitud de habilitación como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado por parte de la entidad Fabricados Histron, S. L, domiciliada en C/ Condado de Treviño, n.º 65 del Polígono industrial de Villalonquejar, 09001-Burgos, solicitando la habilitación del laboratorio de verificación primitiva en aplicación del Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, de dicha empresa, que está inscrita en el Registro de Control Metrológico como fabricante, comercializador y reparador con el número 17-G-003-R.
Junto a la solicitud se ha presentado la siguiente documentación:
Vista la propuesta formulada por el Servicio de Ordenación y Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León,
ACUERDA:
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS