Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Artículo único.
En virtud de lo preceptuado en el artículo 7.º 2 de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, y de conformidad con la elección efectuada por las Cortes de Castilla y León por mayoría favorable superior a las tres quintas partes de sus miembros, en Sesión Plenaria celebrada el
día 19 de octubre de 2005, esta Presidencia acredita el nombramiento de don Javier Amoedo Conde para el cargo de Procurador del Común de Castilla y León y ordena su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado»
Castillo de Fuensaldaña, 19 de octubre de 2005.-El Presidente, José Manuel Fernández Santiago
Vista la propuesta formulada por el Servicio de Ordenación y Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, acuerda:
1.º Incoar procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico de la villa de Fuentidueña (Segovia) de acuerdo con la descripción y delimitación de la zona afectada, que se publica como anexo a la presente resolución, y que figura en el plano unido al expediente.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Iglesia Catedral de Nuestra Señora de la Asunción de Valladolid fue declarada Monumento el 4 de junio de 1931.
En aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está considerada Bien de Interés Cultural.
A fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.1.b) de la citada Ley, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de la misma, procede incoar procedimiento para delimitar un entorno que garantice suficientemente la protección de este bien de interés cultural.
Vista la propuesta del Servicio de Ordenación y Protección, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, del Patrimonio Cultural de Castilla y León, resuelve:
1.º Incoar procedimiento de delimitación del entorno de protección de la Catedral de Valladolid, declarada Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, según la delimitación que se publica como anexo a la presente resolución, y que figura en el plano unido al expediente.