El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 23 de junio de 2005, acuerda adecuar la declaración de Conjunto Pintoresco de la ciudad de Frías (Burgos), como Conjunto Histórico, delimitando la zona afectada por la declaración
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 3 de noviembre de 2005, acuerda declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, el Coto de Nuestra Señora del Carmen, en Puerto de Béjar, Peñacaballera (Salamanca).
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 25 de agosto de 2005, acuerda adecuar para su mejor protección la declaración de Bien de Interés Cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), dentro de la categoría de Monumento y se delimita su entorno de protección.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Artículo 1.°
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Artículo único.