Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Pendones Concejiles del Antiguo Reino de León, constituyen un sistema de alto valor patrimonial caracterizado por la interdependencia de valores tangibles e intangibles, que abarca una serie de manifestaciones y rituales religiosos y festivos que se han transmitido sin apenas interrupción como seña de identidad, de generación en generación, hasta nuestros días.
La utilización de los pendones como enseñas concejiles, de jurisdicción histórica e identidad de las comunidades locales, constituye una práctica cultural de origen medieval que ha mantenido la continuidad y pervivencia a lo largo del tiempo y que en la sociedad actual mantiene su vigencia en rituales festivos y de participación social.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
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Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
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Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
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