La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 27 de mayo de 2004 (Diario Oficial de Galicia de 15 de junio) incoó expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor del Pazo de Cadaval-Urzaiz.
La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, por propuesta de la Conselleira de Cultura e Deporte y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de febrero de dos mil seis, dispongo:
Artículo 1.
La Dirección General de Patrimonio Cultural, en el ejercicio de las competencias atribuídas por el Decreto 136/2005, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Comunicación Social e Turismo, en relación con el Decreto 232/2005, de 11 de agosto, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.
Y, en virtud de lo dispuesto por el título I de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, así como por el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Rexistro de Bens de Interese Cultural de Galicia.
Vista la solicitud del ayuntamiento de Vigo mediante la que se insta de la Consellería de Cultura e Deporte la declaración de bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico-artístico en favor de la zona vieja de la ciudad de Vigo, en la provincia de Pontevedra.
Vista la propuesta de incoación de expediente formulada por la Subdirección Xeral do Instituto de Conservación e Restauración de Bens Culturais y el informe de la Comisión Territorial de Patrimonio Histórico de Pontevedra, resuelve:
Primero.-Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico-artístico en favor de la zona vieja de la ciudad de Vigo, en la provincia de Pontevedra.
Habiéndose producido un error informático en la adjudicación de destinos correspondiente a la resolución de 17 de abril, por la que se resolvía provisionalmente el concurso anunciado con fecha 27-10-05 (DOG de 11-11-05 y BOE 12-11-05), se anula la misma y se abre un nuevo plazo de alegaciones de 10 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Los listados con las adjudicaciones provisionales de puestos de trabajo así como los anexos III podrán ser consultados en la página web del Ministerio de Justicia.
El modelo de alegaciones y documentación adjunta, en su caso, se remitirán exclusivamente al Ministerio de Justicia en las formas que se indican a continuación:
1.º Mediante fax, dirigido a la atención de «Concursos-Despacho 220», a los números 913904295-913902497-913904296.
De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Resolución de 27 de octubre de 2005, de la Dirección General de Justicia de la Comunidad Autónoma de Galicia, por la que se anunció concurso de traslado para cubrir plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (DOG de 11 de noviembre de 2005 y BOE de 12 de noviembre de 2005), se anuncia que los lugares donde están a disposición de los interesados los anexos III con sus datos personales, la baremación, los destinos solicitados y la plaza adjudicada provisionalmente, es la página web del Ministerio de Justicia (www.mju.es).
Los funcionarios interesados expresarán en el plazo de diez días naturales, a partir del día 24 del presente mes de abril, su disconformidad con los datos obrantes en dicho anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el anexo IV (modelo de alegaciones) publicado en el DOG/BOE del 11 ó 12 de noviembre de 2005, y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna.
El modelo de alegaciones y documentación adjunta, en su caso, se remitirán exclusivamente al Ministerio de Justicia en las formas que se indican a continuación:
Examinado el expediente de referencia, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho